La Renta garantizada de ciudadanía (RGC) sirve para garantizar que los ciudadanos que residen en Catalunya tengan cubiertos los gastos básicos para poder mantener su unidad familiar o a ellos mismos.
La RGC se puede complementar con cualquier otra prestación estatal, puede tener este complemento junto con otros complementos que sean a nivel estatal.
¿Quien puede acceder a esta prestación?
La Renta garantizada de ciudadanía está dirigido para personas que no tengan ingresos mínimos, y por lo tanto no puedan alcanzar los ingresos con los que mantener a sus familias.
Se puede complementar con otras prestaciones si con ellas no llegan a cubrir las necesidades esenciales en su unidad familiar.
Dónde puedo solicitar la prestación
Los organismos que actualmente llevan la renta garantizada de ciudadania de Cataluña son estos dos:
- Departamento de Derechos Sociales (93 483 10 00 / 93 483 11 11)
- Dirección General de Prestaciones Sociales (93 483 10 00) (Email prestacionssocials.dso@gencat.cat)
Puedes ponerte en contacto por teléfono o bien por email para solicitar la prestación social.
Qué requisitos tengo que cumplir para solicitar la RGC
Estos son los requisitos minimos que tienes que cumplir, son los siguientes:
- Ser mayor de 23 años ( aunque hay excepciones para mayores de 18 años).
- Residencia en Cataluña.
- Residir en Cataluña al menos los 24 meses anteriores a la solicitud de la prestación.
- La unidad familiar no puede haber ingresado en los dos meses anteriores cantidades superiores a las siguiente tabla de rentas:
Miembros de la familia | Ingresos máximos |
1 | 664€ |
2 | 996€ |
3 | 1096€ |
4 | 1196€ |
5 | 1208€ |
¿Qué documentación tengo que presentar?
Para poder solicitar la renta garantizada de ciudadanía tienes que presentar la siguiente documentación:
- Declaración de la renta.
- Informe de la vida laboral.
- Informe del catastro y registro de la propiedad.
- Histórico del empadronamiento.
- Certificado de pensiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Certificado de reconocimiento de la discapacidad, si se tiene reconocida una discapacidad con un grado igual o superior al 65%, en caso de que lo haya emitido la Generalitat de Cataluña.
- Carné de familia monoparental, en caso de que lo haya emitido la Generalitat de Cataluña.
- Acta de conciliación administrativa laboral previa a la vía judicial, en el supuesto de despido, o sentencia judicial si no ha habido acuerdo en la conciliación.
- Certificado de convivencia.
- Certificado de defunción de los progenitores, en caso de ser huérfano.
- Acreditación de catalán retornado expedida por la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía.
Descargar el documento de la Renta garantizada de ciudadania
Puedes descargar el documento con los requisitos y toda la información desde este botón.
La Generalitat no ha declarado el pago del complemento de la renta de Catalunya, que es de unos 200€ , pero si lo ha hecho con el subsidio.
Entonces en marzo cobre la cantidad de 2861.77 en 14 cuotas y 11 pertenece el año pasado y 3 cuotas de esté período, entonces he calculado que son unos 2200€ aproximadamente pero es la administración pública la que tiene que computarlo
Puedes consultarlo directamente en la agencia tributaria, te dejo el enlace al teléfono de información.
https://consultarprestacion.com/agencia-tributaria-telefono-gratuito/